En una democracia directa, el pueblo puede participar en los asuntos públicos mediante las siguientes herramientas:
- Véase también: Referéndum#España y ILP en España
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Las votaciones populares no son vinculantes.
- Iniciativa popular Legislativa:
[editar] Propuesta llamada Reforma13
- Véase también: Reforma13
Todas las votaciones tienen carácter vinculante.
- Iniciativa popular Legislativa:
- 1% del censo en las anteriores elecciones generales (350.000 firmas)
- Podrá ser IPL Articulada (si texto cerrado) o IPL de Mandato (si da las líneas maestras, y el Parlamento tiene el plazo de un año para conformarlo el texto y someterlo a votación popular)
- Existiría también a nivel autonómico y municipal
- Iniciativa popular Constitucional:
- 2% del censo en las anteriores elecciones generales (700.000 firmas)
- Referéndum Facultativo:
- 0.5% del censo en las anteriores elecciones generales (175.000 firmas)
- Plazo hasta 3 meses desde la publicación en el BOE. Después si no hay recogida de firmas, la ley entra en vigor.
- Referéndum Obligatorio: sobre asuntos de integridad territorial, tratados internacionales.
- Artículo principal: DemocraciaYPunto
Han denominado a todas las votaciones populares referéndum. Todas las votaciones tienen carácter vinculante. Proponen además la democracia 4.0 y los sistemas wikilegislación y wikigobierno.
- Referéndum facultativo (equivalente a la Iniciativa legislativa popular en Suiza):
- Cuando se recoge el número suficiente de firmas (en 6 – 9 meses, 2% del censo electoral de la zona con competencias sobre el tema), se realiza el referéndum que tiene carácter vinculante.
- Referéndum puntual (equivalente al referéndum facultativo de Suiza): En un plazo de 90 días después de la publicación de cualquier ley o decreto, una petición formulada por un 1% de ciudadanos del área de competencia obligaría a que se celebre un referéndum al respecto. No podrán someterse a referéndum iniciativas legislativas que contravengan los derechos fundamentales (véase Declaración de los DDHH), evitando así -argumentan- legislaciones populistas o que fomenten discriminación de ciertos sectores de la población.
- Quórum para todos: Se establece un mínimo del 55% de participación para que el referéndum sea vinculante, asegurando que las leyes que se aprueben o rechacen sean de interés general.
- Mayoría para la aprobación: Los actos sometidos a la votación popular son vinculantes y se aprobarán por mayoría simple a excepción de las revisiones constitucionales y las leyes orgánicas que deberán ser aprobadas por una mayoría cualificada de tres quintas partes.
- Véase también: Suiza
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- Art. 138 Iniciativa popular para la reforma total de la Constitución
- 1 100 000 ciudadanos con derecho de voto pueden proponer la revisión total de la Constitución en un plazo de 18 meses a contar desde la publicación oficial de su iniciativa.
- 2 Esta proposición se someterá al voto del pueblo.
- Art. 139 Iniciativa popular redactada para la revisión parcial de la Constitución federal
- 1 100 000 ciudadanos con derecho de voto pueden solicitar la revisión parcial de la Constitución en un plazo de 18 meses a contar desde la publicación oficial de su iniciativa, bajo la forma de un proyecto escrito.
- 2 Cuando una iniciativa popular no respete el principio de unidad de la forma, el de unidad de la materia o las disposiciones imperativas de derecho internacional, la Asamblea federal la declarará total o parcialmente nula.
- 3 La iniciativa está sometida al voto de la población y de los cantones. La Asamblea federal recomendará su aceptación o rechazo. En este último caso, ésta podrá plantear un contraproyecto.
- Art. 139a Iniciativa popular general
- 1 100 000 ciudadanos con derecho de voto pueden solicitar la adopción, la modificación o la abrogación de disposiciones constitucionales o legislativas en un plazo de 18 meses a contar desde la publicación oficial de su iniciativa, que debe presentarse bajo la forma de una propuesta genérica.
- 2 Cuando una iniciativa no respete el principio de unidad de la forma, el de la unidad de la materia o las disposiciones imperativas de derecho internacional, la Asamblea federal la declarará total o parcialmente nula.
- 3 Si la Asamblea federal aprueba la iniciativa, ésta elaborará las correspondientes modificaciones de la Constitución o de la legislación federal.
- 4 La Asamblea federal podrá presentar un contraproyecto a las modificaciones que haya elaborado. Las modificaciones de naturaleza constitucional (proyecto o contraproyecto) se someterán a la votación de la población y de los cantones, mientras que las modificaciones de naturaleza legislativa (proyecto y contraproyecto) se someterán a la votación de la población únicamente.
- 5 Si la Asamblea federal rechaza la iniciativa, ésta la somete al voto de la población.
Si la iniciativa es aprobada en votación popular, la Asamblea federal elabora las correspondientes modificaciones constitucionales o de la legislación federal.
- Art. 139b Procedimiento aplicable en caso de votación sobre la base de una iniciativa y su contraproyecto
- 1 Los ciudadanos con derecho de voto se pronuncian simultáneamente sobre:
- a. la iniciativa popular o las modificaciones elaboradas en base a una iniciativa popular; y
- b. el contraproyecto de la Asamblea federal
- 2 Pueden aprobar ambos proyectos a la vez. Pueden indicar, en contestación a la cuestión subsidiaria, el proyecto al que dan preferencia en caso de que los dos sean aceptados.
- 3 Tratándose de modificaciones constitucionales que hayan sido aprobadas, si, en contestación a la cuestión subsidiaria, uno de los proyectos obtiene la mayoría de votos de los votantes y el otro la mayoría de votos de los cantones, el proyecto que entre en vigor será el que, en contestación a la cuestión subsidiaria, haya obtenido el porcentaje más elevado de votos de la población y de los cantones.
- Art. 140 Referéndum obligatorio
- 1 Deberán ser sometidos al voto del pueblo y de los cantones:
- a. las revisiones de la Constitución;
- b. la adhesión a organismos de seguridad colectiva o a comunidades supranacionales;
- c. las Leyes Federales declaradas urgentes desprovistas de base constitucional y cuya validez sobrepase el año; estas leyes deberán someterse a la votación en el plazo de un año a partir de su adopción por la Asamblea Federal.
- 2 Deberán ser sometidos al voto del pueblo:
- a. las iniciativas populares para la reforma total de la Constitución;
- a bis el proyecto de ley y el contraproyecto de la Asamblea federal relativos a una iniciativa popular general;
- b. las iniciativas populares generales rechazadas por al Asamblea federal;
- c. la cuestión de si se debe llevar a cabo una reforma total de la Constitución en caso de desacuerdo entre los dos Consejos.
- Art. 141 Referéndum facultativo
- 1 Si 50 000 ciudadanos con derecho de voto u ocho cantones lo solicitan en un plazo de 100 días a contar desde la publicación oficial del acto, se someterán a votación popular:
- a. las Leyes Federales;
- b. las Leyes Federales declaradas urgentes cuya validez sobrepase un año;
- c. las disposiciones federales, en la medida en que la Constitución o la ley así lo prevean;
- d. los tratados internacionales que:
- 1. tengan una duración indeterminada y no sean denunciables;
- 2. prevean la adhesión a un organismo internacional;
- 3. contengan disposiciones importantes que fijen las reglas de derecho o cuya ejecución exija la adopción de leyes federales.
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—Constitución Federal de Suiza de 1999[1]
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[editar] Aplicaciones participativas
[editar] Referencias
[editar] Enlaces externos