Igualdad ante la ley
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La Constitución española de 1978 establece acerca de la igualdad ante la ley lo siguiente:
“ | Artículo 14:
Los españoles son iguales ante la ley, sin que pueda prevalecer discriminación alguna por razón de nacimiento, raza, sexo, religión, opinión o cualquier otra condición o circunstancia personal o social.
|
” |